TÍTULO PRIMERO: DE LOS PRINCIPIOS BÁSICOS

El Presupuesto Participativo es una herramienta de participación y gestión mediante la cual la ciudadanía propone y decide sobre el uso de una parte del Presupuesto Municipal.

Se trata de un espacio de gestión conjunta en el que:

- La ciudadanía, a través de su participación activa, propone, decide y comunica, se forma y se informa, y ejerce el control del proceso.

- El personal técnico asesora sobre la viabilidad legal y técnica.

- Los representantes políticos electos se comprometen a asumir las decisiones y ejecutarlas.

A través de este espacio de reflexión colectiva, que garantizará la transparencia del proceso, se pretende conseguir el equilibrio socio-económico y territorial de pedanías y barrios de forma justa, solidaria y sostenible.

También es importante la dimensión educativa de la participación como proceso de aprendizaje en común y personal.

Todo ello enmarcado en el espíritu de consenso que supone lograr el acuerdo satisfactorio a través del debate.
Un proceso en definitiva, que pretende integrar en el mismo a todos y todas los ciudadanos y ciudadanas para avanzar en la construcción de una Democracia de calidad.

TÍTULO SEGUNDO: DEL AUTORREGLAMENTO

Artículo 1. El autorreglamento del Presupuesto Participativo es el documento que sirve para establecer las reglas del proceso en todos sus pasos y acciones.

Artículo 2. Es autorregulado, porque lo elaboran los propios participantes y colectivos del municipio de Elche.

Artículo 3. Es dinámico, ya que se revisará cada año para realizar las modificaciones necesarias y asegurar su evolución positiva.

TITULO TERCERO: DE LA ORGANIZACIÓN

CAPÍTULO I. Estructura Territorial

Artículo 4. La Zona.

El Presupuesto Participativo se coordinará a través de 8 zonas o territorios de participación descentralizadas:
Zona 1: Pedanías Noroeste (el Pla, la Penya de les Àguiles, Carrús, Ferriol, les Vall-llongues, Santa Anna, Jubalcoi i Altabix).
Zona 2: Pedanías Noreste (Salades, Torrellano, l´Altet, els Arenals i els Bassars).
Zona 3: Pedanías Suroeste (la Marina, el Derramador, Puçol, Daimés, Algorós, la Foia, l´Algoda i Matola).
Zona 4: Pedanías Sureste (Asprella, la Baia, Atzavares, Perleta, Maitino, la Vallverda).
Zona 5: el Toscar, Sant Crispí, Carrús Oest, Carrús Est, Cementeri, Camí dels Magros, Porfirio Pascual, Patilla, Casa Blanca
Zona 6: Altabix, Altabix-Ciutat Esportiva i Universitaria, el Palmerar, San Antoni, Ciutat Jardí, Torreta Verdí, la Llotja i les cases de Ferrández, Travalón.
Zona 7: Portes Encarnades, la Tripa, el Raval, el Salvador, la Vila, Pataes i Barrera
Zona 8: Pont Nou, Sector V, el Canal, l´ Asil, Raval de Santa Teresa, el Pla de Sant Josep

Artículo 5. La Distribución del Presupuesto.

El conjunto de recursos sometidos a debate en el Presupuesto Participativo se distribuirá en las Zonas a las que hace referencia el artículo 4.

Estos son los espacios a través de los que se articulan las propuestas y se establecen las prioridades en relación a las necesidades planteadas por la ciudadanía, coincidiendo con la división territorial realizada para la puesta en marcha de los Grupos Motores.

TITULO TERCERO: DE LA ORGANIZACIÓN

CAPÍTULO II. Estructura Organizativa

Sección primera. De los Grupos Motores

Artículo 6. Funciones

Los Grupos Motores son grupos de trabajo voluntario integrados por la ciudadanía que:
Dinamizan y promueven la participación de las asociaciones y de la vecindad en general.
Realizan y participan en actividades formativas e informativas.
Preparan las Asambleas de su Zona. Las convocan y difunden junto a la Concejalía de Participación Ciudadana.
Participan en la mesa de coordinación de las Asambleas.
Establecen criterios de valoración de las propuestas.
Valoran dichas propuestas antes de la priorización final en la Asamblea correspondiente.
Se coordinan con los grupos motores de otras Zonas
Evalúan su propio trabajo y el proceso en general. Pueden proponer modificaciones del Autorreglamento del Presupuesto Participativo.

Artículo 7. Participantes

Participarán las asociaciones y la ciudadanía no organizada.

Los Grupos Motores contarán con la asistencia y asesoramiento del Equipo de la Concejalía de Participación Ciudadana y con el apoyo de la Administración Municipal.

Artículo 8: Funcionamiento

Los Grupos Motores se auto-organizan para la realización de todas las actividades necesarias al cumplimiento de sus funciones.

Dispondrán de toda la información que se genere durante el proceso, para posibilitar la transparencia y la participación.

Las decisiones y acuerdos deberán ser tomadas por consenso y sólo cuando éste no sea posible, y como último recurso, se utilizará el sistema de votación.

Sección segunda. De las Asambleas

Artículo 9. Contenido

Las asambleas tienen una base territorial.

Son espacios ciudadanos de información, debate, propuesta y decisión.

En primer lugar se celebrará una asamblea de presentación del Autorreglamento para todo el municipio. Posteriormente cada zona celebrará dos asambleas de presentación, debate y priorización de propuestas. Y por último, en noviembre tendrá lugar la última asamblea municipal para la celebración y entrega del documento final del Presupuesto Participativo.

Artículo 10. Funciones

Informar de todo lo relacionado con el proceso del Presupuesto Participativo.
Proponer y debatir las propuestas presentadas que reúnan los requisitos establecidos en este Autorreglamento.
Realizar la priorización final de propuestas.
Dejar constancia, al menos y obligatoriamente, de las propuestas priorizadas a través de un acta con la firma de todas las personas que han formado la Mesa de la Asamblea.

Artículo 11. Participantes

Podrán participar, realizar propuestas y decidir en las asambleas los vecinos empadronados en la Zona de influencia de la Asamblea y aquellas personas que, aunque no estén empadronadas en la Zona, desarrollen en ella algún tipo de actividad comercial o empresarial.

No existe límite de edad para la presentación de propuestas. Sin embargo, la edad mínima para poder votar es de 16 años.

Artículo 12. Acreditación.

Los participantes en la Asamblea de Priorización con capacidad de decisión deben acreditarse y documentarlo en el momento de la votación, a fin de comprobar que estén empadronados o tienen relación comercial o empresarial con la Zona.

Artículo 13. Quórum mínimo.

Para que la Asamblea sea considerada como válida se necesita la asistencia de un mínimo de 11 personas.

En caso de que no se alcance el quórum mínimo la asamblea se anulará, quedando sin efecto en el Presupuesto Participativo.

Artículo 14. Funcionamiento.

• Estarán coordinadas por una mesa compuesta por miembros de los grupos motores y un técnico municipal. Dicha mesa tendrá las funciones de coordinación, acreditación, presentación del Orden del Día, moderación, levantamiento de actas, y recuento de votos.
• El procedimiento a seguir en la Asamblea de Presentación de propuestas será el siguiente:
• Presentación de la asamblea por parte del coordinador/a.
• Presentación de las propuestas y debate.

La propuesta deberá ser presentada por el proponente o aquella persona en la que éste delegue.
• El procedimiento a seguir en la Asamblea de Priorización de propuestas será el siguiente:
• Presentación de la asamblea por parte del coordinador/a.
• Presentación de propuestas valoradas
• Priorización de propuestas
• Para facilitar la asistencia de vecinos/vecinas con niños a su cargo, el Ayuntamiento desarrollará actividades infantiles durante las asambleas, en recintos separados y se fijará previamente tanto la hora de comienzo como la de finalización de las mismas.
• La Asamblea es soberana para decidir sobre cualquier imprevisto no contemplado en el presente Autorreglamento.

Sección tercera. De la Comisión de Autorreglamento

Artículo 15. Funciones

A partir de las propuestas de los Grupos Motores, redacta el Autorreglamento del Presupuesto Participativo.

Artículo 16. Participantes

Respondiendo al principio de paridad en el que se basa el proyecto, cada Grupo Motor elegirá a un delegado y a una delegada responsables de transmitir las propuestas del Grupo y participar en la redacción del Autorreglamento.

Artículo 17. Funcionamiento

La comisión se constituirá el 1 de julio y quedará disuelta una vez elaborado el Autorreglamento del Presupuesto Participativo o como muy tarde el 4 de julio.

Sección cuarta. De la Comisión de Seguimiento

Artículo 18. Funciones

Realiza la comprobación efectiva de la ejecución, por parte del Ayuntamiento, de las propuestas finalmente aprobadas en asamblea.

Artículo 19. Participantes

La Comisión de Seguimiento estará compuesta por dos miembros de cada Grupo Motor.

Así mismo, cuando la Comisión lo estime conveniente, podrá invitar a las personas que hayan realizado las propuestas objeto de seguimiento y a los colectivos o asociaciones implicadas en las mismas.

Artículo 20. Funcionamiento

La Comisión de Seguimiento se auto-organiza para la realización de todas las actividades necesarias al cumplimiento de sus funciones.

Establecerá reuniones periódicas, máximo tres al año, y contará con el apoyo técnico de los trabajadores Municipales y del Equipo del Presupuesto Participativo. La convocatoria de las reuniones la llevará a cabo la Concejalía de Participación Ciudadana, a petición de la Comisión.

La Comisión de Seguimiento dispondrá de la información necesaria en torno al grado de ejecución de propuestas y la hará llegar a los Grupos Motores y al resto de la Ciudadanía.

Esta comisión quedará disuelta una vez finalicen sus funciones.

Sección quinta. De la Comisión de Valoración de propuestas

Artículo 21. Funciones

Realizar la valoración de las propuestas presentadas en la asamblea del 13 de septiembre y evaluadas técnicamente, en función de los criterios establecidos por los Grupos Motores.

Artículo 22. Participantes

La Comisión está compuesta por un miembro de cada Grupo Motor.

Artículo 23: Funcionamiento

Para el cumplimiento de su función, la Comisión se reunirá del 13 al 16 de octubre y contará con el apoyo técnico del Equipo del Presupuesto Participativo.

Esta comisión quedará disuelta una vez finalicen sus funciones.

Artículo 24. Naturaleza de las propuestas

• Deberán referirse a una inversión nueva, o bien a obras de mantenimiento y reparación de las actuales.
• Se referirán a actuaciones de competencia municipal y su carácter será concreto, determinado y evaluable económicamente.
• Deberá definirse su ubicación y ámbito territorial y éste será de titularidad municipal.
• Deberán ejecutarse en un solo ejercicio presupuestario.

Las inversiones son “obras”, tanto nuevas como de mantenimiento de las que ya hay, por ejemplo la construcción de un jardín o la mejora de calles. Además de obras, las inversiones también pueden ser “adquisiciones permanentes” del Ayuntamiento, como por ejemplo la compra de un vehículo o de contenedores de residuos, la dotación de libros o material informático a instalaciones municipales o de uso público, etc.

Las inversiones, por lo tanto, no se refieren a actividades (talleres, festejos, programas…), ni a servicios (más policía, más educadores…) ni a subvenciones.

Aquellas propuestas planteadas por la ciudadanía que queden fuera del ámbito de las inversiones públicas serán enviadas a las distintas áreas responsables de llevarlas a cabo y éstas darán cuenta, en la medida de lo posible, de si finalmente son incluidas en sus programaciones o no.

Artículo 25. Presentación de propuestas

a) Cada ciudadano/ciudadana o asociación podrá presentar tantas propuestas como desee. Éstas no podrán ser presentadas en más de una asamblea.

b) El plazo de presentación de propuestas es del 14 de julio al 6 de septiembre, ambos inclusive.

c) La Concejalía de Participación Ciudadana proporcionará un formulario de propuestas en el que se hará constar, entre otros, los datos personales y de contacto del proponente. Sólo se aceptarán aquellas propuestas entregadas a través de este impreso.

d) Los ciudadanos/as que, no estando empadronados, aleguen relación con la Zona, deberán adjuntar a la ficha el documento que la demuestre.

e) Las propuestas, preferiblemente, se registrarán a través de las Oficinas Municipales de Atención Ciudadana (OMAC). Aunque se podrán presentar por los siguientes medios:

• Carta, fax o correo electrónico dirigido a la Concejalía de Participación Ciudadana

Dirección: Plaça de Menéndez Pelayo 2, baix. 03202 Elx.

Fax: 966 658279

E-mail: participaridecidir@ayto-elche.es

• Buzones de sugerencias situados en los Centros socioculturales y Centros Cívicos del municipio.

• Registro del Ayuntamiento (OMAC)

OMAC CENTRE: Plaça de Baix 1,
OMAC ALTABIX: c/ Bernabé del Campo Latorre, 26.
OMAC FRANCESC CANTÓ: c/ Pedro Moreno Sastre, 36
OMAC LA MARINA: Av. De l´ Alegria, 72, Bajo.
OMAC LA FOIA: Av. Sant Andreu, 25.
OMAC TORRELLANO: Plaça Mestre Antonio Cutillas, 1.
OMAC EL ALTET: c/ València, 22.
OMAC ARENALS DEL SOL: Av. San Bartolomé de Tirajana.
OMAC LA BAIA: c/ Sant Andreu Apòstol, 4

Capítulo II. La evaluación técnica

Las propuestas presentadas en la asamblea del 13 de septiembre serán evaluadas por parte de los técnicos responsables de las áreas relacionadas con las mismas, del 17 de septiembre al 8 de octubre.

Artículo 26. Informe Técnico:

El informe técnico tendrá una estructura común y se basará en los siguientes criterios evaluativos:
Viabilidad técnica: certificar que no existen impedimentos técnicos para realizar la propuesta.
Viabilidad jurídica: certificar que la propuesta se ajusta a la normativa jurídica vigente.
Valoración económica de las propuestas, incluyendo una estimación de los costes de mantenimiento.

Capítulo III. Priorización de las propuestas.

Artículo 27. Priorización de las propuestas

Se llevará a cabo una primera priorización de las propuestas en base a la valoración realizada por la Comisión de Valoración.

La ordenación final de propuestas se llevará a cabo en la Asamblea de Priorización por consenso y sólo cuando éste no sea posible, y como último recurso se utilizará el sistema de votación.

En este caso, tras el proceso deliberativo, la asamblea votará todas las propuestas presentadas. La votación de propuestas se realizará de acuerdo al principio de una persona un voto, siendo este de carácter personal e intransferible.

En las votaciones se facilitará, desde la mesa coordinadora, la participación de aquellas personas que tengan dificultades para hacerlo por escrito. Las papeletas de voto serán facilitadas por la administración y no se admitirá otro formato que el debidamente oficializado por el Ayuntamiento.

Las urnas estarán siempre visibles dentro del recinto donde se desarrolla la Asamblea.

Cada ciudadano/a deberá votar tres propuestas, puntuándolas del 1 al 3 (siendo 3 la puntuación máxima). Será nula la papeleta que no tenga puntuadas las tres propuestas.

Las propuestas se ordenarán de mayor a menor de acuerdo con la puntuación otorgada por la Comisión de Valoración y el número de votos obtenidos en la Asamblea de Priorización.

El número de propuestas que finalmente se incluyan en el documento del Presupuesto Participativo estará determinado por la cantidad económica establecida para cada zona.

Artículo 28. Criterios aplicables

Asumiendo como criterio general la mejora de la calidad de vida de los ilicitanos y las ilicitanas, los criterios concretos de justicia distributiva que se tendrán en cuenta son los siguientes:

• Que contribuya a satisfacer necesidades básicas de la población (agua, luz, seguridad, educación, convivencia ciudadana, etc.)

• Porcentaje de población beneficiada (población que potencialmente podrá disfrutar de la propuesta en el caso de que se realice).

• Que ayude a reducir la desigualdad social (de género, de renta, de etnia, o por motivos de discapacidad física o psíquica).

• Histórico de inversiones.

• Que favorezca el desarrollo sostenible.

• Que suponga una innovación en la Zona.

• Que potencie el desarrollo cultural.

Artículo 29. Valoración de criterios

La ordenación de las propuestas se llevará a cabo mediante la siguiente escala valorativa que medirá el grado de cumplimiento de los criterios en relación a las propuestas:

• No cumple en absoluto el criterio: 1

• Lo cumple escasamente: 2

• Lo cumple bastante: 3

• Lo cumple totalmente: 4

TÍTULO QUINTO: COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN.

Para cualquier comunicación o solicitud de información del proceso los ciudadanos y ciudadanas dispondrán de los siguientes medios:

Pagina web municipal: www.elche.es

Blog Presupuestos Participativos: http://pressupostparticipatiuelx.wordpress.com

Correo electrónico Presupuestos Participativos: participaridecidir@ayto-elche.es

Tel. Presupuestos Participativos: 966658219

Fax Concejalía Participación Ciudadana: 966658279

DISPOSICIÓN FINAL. Vigencia del autorreglamento.

Este Autorreglamento tendrá una vigencia de 1 año.

A comienzos del Ejercicio del 2009 se elaborará un nuevo Reglamento, pudiéndose mantener la misma redacción o realizar cuantas modificaciones se estimen oportunas.